El Derecho de Tanteo es una peculiaridad de la Liga Endesa en cuanto a transacciones del mercado de verano se refiere. El motivo de su creación y vigencia no es otro que el de la permanencia de los jugadores a largo plazo, luchando por la volatilidad de los contratos y abogando la continuidad durante un periodo extenso de temporadas. Con ello es más fácil que un jugador que acaba contrato permanezca en un equipo que se confirme su salida a otro equipo.
Para la Liga Endesa es una herramienta que ayuda (o eso se cree) a la fidelización, ya que los aficionados se pueden sentir más identificados con el producto: hay más posibilidades con el Derecho de Tanteo que sin él de que los mejores jugadores permanezcan uno, dos o más años en el mismo club, lo que juega a favor de la Liga y hacer referentes a determinados jugadores.
A continuación intentaremos explicar lo que es el Derecho de Tanteo, algunos apuntes que no conviene perder de vista, ejemplos y problemáticas derivadas de él.
Lo que dice la ACB
En la Asociación de Clubes de Baloncesto de España sólo entra en vigor en la ventana de verano porque es el momento, alrededor del 30 de junio si no hay otras especificaciones, en el que los contratos terminan o son automáticamente prorrogados. Conviene revisar lo que publica la propia Liga en su web oficial sobre esta terminología a modo de explicación:
«El Derecho de Tanteo es una norma que permite a los clubes mantener a los jugadores que finalizan contrato. Todos los jugadores (seleccionables, comunitarios, pertenecientes a países con tratados de asociación con la Comunidad Europea y, desde la firma del último convenio, también los extracomunitarios) pueden estar sujetos a este derecho cuando finalizan su vinculación contractual. Sin embargo, depende de su equipo de origen la decisión de incluirlos a través de una oferta»
«Los jugadores que aparecen en la lista de ‘no sujetos al Derecho de Tanteo’ quedan totalmente libres para fichar por el jugador que deseen al finalizar su contrato. Algunos de ellos, sin embargo, ya han llegado a un acuerdo de renovación con el club»
Se profundiza un poco más, pasando ya de la mera definición al caso práctico:
«Si un club incluye a un jugador en la lista del Derecho de Tanteo significa que le ha presentado una oferta de renovación. En el caso de que ningún otro club puje por el jugador, esa oferta se haría efectiva y el club de origen renovaría su contrato con el jugador. Cada jugador puede aceptar y firmar una sola oferta y presentarla en la ACB. Si eso sucede, el club de origen tiene un plazo para igualarla y quedarse, de esta forma, con el jugador. Si el club de origen no iguala la oferta, el jugador pasa a pertenecer al club que ha presentado la oferta en las condiciones ahí reflejadas»
La ACB hace también dos especificaciones importantes que conviene rescatar:
· El derecho de tanteo sólo afecta al ámbito ACB, pero no caduca. Si un jugador sujeto al derecho de tanteo llega a un acuerdo con un club que no sea ACB (Europeo, NBA, LEB o de cualquier otro país), el club de origen mantiene los derechos para cuando regrese.
· Puede que algunos jugadores que aparezcan en esta lista ya hayan renovado con el club de origen. Siguen apareciendo en la lista porque, aunque haya un acuerdo de renovación, aún no se han cumplido los trámites burocráticos necesarios.
Lo que dice la ABP
«El club o SAD podrá prorrogar el contrato del jugador mediante el ejercicio del derecho de tanteo, que podrá efectuar sobre la oferta recibida de otro club o SAD, si bien ello requerirá que aquél (con carácter previo) haya realizado una oferta cualificada al jugador que como mínimo deberá contemplar, para la primera prórroga, una retribución anual equivalente al 100% del valor monetizado de su última retribución anual percibida. Se entenderá por valor monetizado aquel constituido por la totalidad de las retribuciones percibidas por los distintos conceptos que la configuren, ya sea en metálico o en especie, siempre que su valor sea determinable»
«Perderán el derecho de tanteo aquellos clubes que en la fecha prevista en el calendario como la del último partido de competición oficial, mantengan deudas con el jugador. El procedimiento, se iniciará tras la oportuna reclamación efectuada por el jugador ante la ACB, a través de la ABP, que podrá presentar durante los 15 días naturales anteriores a la fecha prevista para el último partido de competición oficial, finalizando el plazo a las 20:00 horas de esta fecha. En un plazo de 2 días naturales a contar desde la del último partido de competición oficial, la ACB requerirá al club de origen a fin acreditar, en los 2 días naturales siguientes, la inexistencia de deuda a las 20:00 horas de la fecha prevista en el calendario como el último partido de competición oficial. La ACB resolverá en el plazo de otros dos días naturales, reconociendo o denegando el tanteo en función de la existencia o no de deuda»
«Si el club de origen pretendiera inscribirle en la siguiente temporada deberá comunicarle esta circunstancia al jugador y al otro club, a través de la ACB, antes del 31 de marzo del año en que se trate. Transcurrido dicho plazo sin hacerlo, el jugador podrá suscribir un nuevo contrato anual, o prorrogar el anterior, sin perjuicio del derecho del club de origen a inscribirle en la temporada posterior a la finalización del contrato o prórroga en cuestión. Si el club no participase en las competiciones de la ACB, se cursará también esta notificación a la Federación Española de Baloncesto»
· El club debe comunicar a la ACB la situación contractual de los jugadores en un plazo de 3 días naturales tras el último partido oficial disputado la temporada anterior. De no hacerlo puede perder, por ejemplo, la capacidad a incluir a un jugador en el Derecho de Tanteo.
· En la oferta que se presente para llevarse a un jugador con una oferta cualificada se debe incluir la duración del contrato, la retribución anual bruta de cada temporada y los honorarios del representante del jugador y otras especificaciones como las derivadas de la cesión de derechos de imagen.
· El derecho de inscripción preferente de este solo podrá ejercerse hasta un máximo de 3 ocasiones.
· Todas las comunicaciones que se efectúen a la ACB en méritos de lo dispuesto aquí deberán ser puestas por ésta en conocimiento de la ABP en el plazo de las 24 horas siguientes a su recepción por la misma.
Situaciones Particulares del Derecho de Tanteo
¿Qué ocurre si un jugador de fuera de la Liga Endesa no muestra su intención de regresar a la ACB?
Es una situación habitual cuando se abre el derecho de tanteo. A la lista de jugadores que acaban contrato esta temporada y son incluidos en dicha lista se abre un anexo en el que jugadores de fuera de la Liga Endesa que están sujetos al derecho de tanteo muestran su intención de regresar a la competición. Los equipos que poseen estos derechos deben entonces decidir si mantienen la oferta cualificada realizada en su momento o no.
¿Puede entonces un jugador que no ha mostrado su intención de regresar a la Liga Endesa antes de la publicación de la lista de derecho de tanteo y antes de que se cumplan los plazos del tanteo recibir ofertas y volver a la Liga Endesa? Sí, aunque por un cauce diferente. Para que ese jugador pueda aceptar la oferta de un equipo que no tiene sus derechos el equipo poseedor de los mismos debe renunciar a ellos ya sea mediante un acuerdo entre clubes o por simple renuncia. Si el club poseedor de los derechos no renuncia a ellos no se podría incorporar a ningún equipo de la Liga Endesa.
Los jugadores sujetos a derecho de tanteo, ¿Pueden recibir ofertas una vez finalizado el plazo para presentar ofertas en la acb?
Sí, pero el proceder es diferente. Mientras durante el Derecho de tanteo un equipo puede presentar una oferta por un jugador y el equipo que tiene el derecho de tanteo debe decidir si igualarla o no, una vez finalizado dicho plazo debe haber o un acuerdo entre clubes o que el equipo que tiene el derecho de tanteo renuncie a estos derechos. Así lo indica el BOE en el apartado 14.6.1 publicado en 2014 en el que se habla sobre los casos cuando un jugador no acepta la oferta cualificada por el equipo que le tantea y no ha recibido ninguna oferta por parte de ningún equipo de la Liga Endesa
Esto dice el BOE:
«14.6 Si el jugador que ha recibido la oferta cualificada del club no recibe ofertas de terceros dentro del plazo previsto en el artículo 14.3 el jugador podrá prorrogar el contrato con el club de origen, al que se incorporarán las nuevas condiciones previstas en la oferta cualificada. En tal caso el nuevo contrato deberá suscribirse en el plazo de 5 días naturales y depositarse en ACB dentro del plazo de 5 días naturales posteriores. De no depositarse en el plazo indicado la ACB requerirá al club, y al jugador a través de la ABP en un plazo común de cinco días naturales para que, dentro de un plazo de otros 5 días naturales, suscriban y depositen el contrato en la ACB.
14.6.1 Ante la negativa del jugador a firmar el contrato no se procederá a su inscripción, salvo acuerdo con dicho club, en la competición por ningún otro club de la ACB durante la temporada deportiva.
14.7 Si dentro de los plazos previstos en los apartados 14.4 y 14.5 no se ha procedido a firmar y depositar en la ACB el contrato se procederá de la siguiente forma:
14.7.1 Ante la negativa del jugador a firmar el contrato no se procederá, salvo acuerdo con dicho club, a la inscripción en la competición por ningún otro club de la ACB durante las temporadas comprometidas.«
Ejemplo: Equipo A inscribe al Jugador 47 en el derecho de tanteo presentando oferta cualificada y el Jugador 47 no recibe ninguna oferta durante el periodo de Derecho de tanteo. Una vez finalizado el mismo, Equipo B pretende incorporar al Jugador 47 a su equipo. Para que esto suceda Equipo A debe renunciar a los derechos o que haya un acuerdo entre Equipo B y Equipo A para que este último renuncie a los derechos.
¿Qué ocurre si un equipo iguala la oferta presentada por otro equipo y el jugador se marcha de la Liga Endesa?
Fue el caso por ejemplo de Kyle Guy en el verano de 2023. El Valencia Basket presentó oferta por el jugador y el Joventut Badalona igualó dicha oferta pero el norteamericano se marchó a jugar al Panathinaikos. Esto hacía que el Joventut Badalona conservase derecho de tanteo sobre Guy en caso de querer regresar a la Liga Endesa durante el tiempo estipulado en el contrato igualado aunque unos meses después la Penya llegó a un acuerdo con el Lenovo Tenerife para que Guy jugase con ellos.
Así se indica en el BOE:
«14.8 La negativa del jugador a prorrogar su contrato con el club o SAD de origen que hubiese ejercitado el derecho de tanteo, permitirá a este mantener los derechos que, de acuerdo con el Convenio, ostente sobre aquel en el momento de producirse tal negativa.»
Otros ejemplos del Derecho de Tanteo
El tanteo es un elemento un tanto anticuado que ha dejado de ser útil para la mayoría de las ligas. Se acota la libertad de los jugadores que ya han cumplido un contrato y quedan, por ello, sometidos a una dudosa pertenencia. La mayoría de competiciones de larga duración no cuentan con esta figura, aunque hay algunas excepciones.
La que más se puede acercar, por importancia y cierta similitud, es la de la NBA. En su caso, con los agentes libres restringidos. Se llama así a los jugadores a los que sí les queda un año de contrato pero en el verano correspondiente tienen la opción de salir a otro conjunto con un contrato multianual. Se debe comunicar al equipo al que el jugador pertenece y luego recibir una oferta por parte de otro para que el mecanismo se active: si el equipo al que pertenece no la iguala en dos días, el jugador cambiará de franquicia.
Alrededor del mundo hay pocos ejemplos más, pero otro de ellos queda cerca de Estados Unidos. En México, concretamente. Aunque es más un aprovechamiento de alegalidad que otra cosa. Al igual que en la liga de fútbol, en la de baloncesto funciona el llamado pacto de caballeros. «Tienen unas reglas dentro de la Liga: si tú llegas con ellos a hacer un try-out, ya eres parte del equipo. Si te registran como jugador protegido, les perteneces. Es una lista de 25 jugadores y no importa que no juegues, ellos alegan que les perteneces y pueden venderte», dijo el jugador Ramsés Benítez cuando se destapó el caso. Pese a que va en contra de la Ley Federal del Trabajo del país, los dueños de la LNBP operan con esta regla no escrita. Los equipos pueden vetar que sus jugadores vayan a otro equipo de la misma liga si están en su lista de preferencia.
Situaciones problemáticas del Derecho de Tanteo
· Hanga y Larkin. El Baskonia no es de los que quiera reforzar a sus rivales directos sin llevarse algo a cambio y el Barcelona lo comprobó en 2017. Y, además, los problemas pueden llegar de dos en dos en vez de uno en uno.
· Adam Hanga. El jugador fue inscrito en la lista del tanteo y el Barcelona atacó. Le hizo una oferta y el Baskonia la igualó. El alero húngaro tuvo que esperar un mes a que la negociación posterior, donde Querejeta apretó, llegara a buen puerto y pudiera irse al equipo catalán.
· Shane Larkin. También fue inscrito en el tanteo y el Barcelona ofertó por él de igual manera que por Hanga. El Baskonia repitió la operación: igualar y esperar. El Barça tenía fe pero no tanto dinero ni motivación para pasar por ese aro dos veces. Sólo se completó uno de los dos acuerdos entre ambos clubes. Larkin volvió a la NBA, concretamente para ser el tercer base de Boston Celtics, tras este desencuentro.
· De Colo y Claver. El Valencia Basket también ha sido protagonista en proteger sus derechos con esta herramienta legislativa. Se ha mostrado con dos jugadores que pasaron por su casa, uno de ellos como canterano.
· Nando de Colo. En 2019 el jugador quiso dar por cerrada una gran etapa en el CSKA de Moscú, donde acababa de ganar su segunda Euroliga. Para ello buscaba acomodo en otro gran club y uno de los interesados era el Real Madrid. El Valencia tenía derecho a igualar cualquier oferta y eso frenó a los blancos, que descartaron la opción por sus malas experiencias en el pasado con la misma situación. De Colo terminó yéndose al Fenerbahçe turco.
· Víctor Claver. En 2016 el club blanco ya había sufrido las exigencias del valenciano. Claver había regresado de un paso amargo por la NBA y se había salido en el Lokomotiv, por lo que los clubes españoles estaban atentos a su situación. El Valencia tenía los derechos y pedía mucho por un acuerdo y apartarse del camino. El Real Madrid apalabró un acuerdo con el jugador, pero la cantidad que se le pidió desde el Levante fue demasiada. Al Barcelona le rebajaron un poco más la oferta y fue el que se llevó al alero.
· Jaime y Darío. El Estudiantes es un club vendedor desde que la crisis económica le azotara con fuerza, de lo que se van recuperando poco a poco. Club de cantera, saben que los jugadores allí criados criado se marcharán cuando exploten.
· Jaime Fernández. En 2017 el escolta madrileño decidió marcharse para seguir creciendo. El Estu le metió en la lista del tanteo para ese verano y el Andorra se interesó. Presentó una oferta formal ante la ACB, pero no la igualaron sino que la rechazaron. Una cláusula no estaba ajustada a derecho y el cuadro de Madrid pidió a la Liga que interviniera, tras lo que se les dio la razón. Acabado el plazo y sin un traspaso válido, el Andorra tuvo que doblar rodilla y llegar a un acuerdo con el Estudiantes para llevarse a Fernández.
· Darío Brizuela. En 2019 el escolta vasco era de lo más cotizado en la competición tras una temporada que le había hacía entrar en las quinielas para ir al Mundial con la Selección Española. El Valencia Basket pujó y mucho por él, pero el Estu igualó la oferta en un movimiento que desconcertó a todo el mundo. Los valencianos recibieron de su propia medicina y el jugador acabó unos meses después siendo traspasado al Unicaja.